COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACION SA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45
La empresa Coto Centro Integral de Comercialización S.A. apeló la multa impuesta por el COPREC. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la sanción por considerar que la empresa justificó debidamente su incomparecencia a la audiencia de conciliación.
¿Quién es el actor?
Coto Centro Integral de Comercialización S.A.
¿A quién se demanda?
Dirección Nacional de Comercio Interior (DNCI)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de apelación contra la multa impuesta por el COPREC por incomparecencia injustificada a una audiencia de conciliación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la multa impuesta, al considerar que la empresa justificó debidamente su incomparecencia a la audiencia de conciliación, por lo que no se encontraban configurados los extremos fácticos y jurídicos necesarios para tener por acreditada la infracción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La empresa presentó justificación de su incomparecencia por escrito dentro del plazo legal, aunque no lo hizo directamente ante la conciliadora. La Cámara aplicó el principio de informalismo a favor del administrado y consideró que esa circunstancia no podía derivar en la privación del acceso a los derechos que por ley le correspondían a la empresa. Por lo tanto, la resolución recurrida exhibía vicios en su causa y motivación al sostener el incumplimiento sin atender a los antecedentes relevantes.
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