LA TORRE HUAMANLAZO, RONALD ANTONIO c/ EN-M INTERIOR OP Y V-DNM s/RECURSO DIRECTO DNM
El extranjero promovió recurso directo contra la decisión de la Dirección Nacional de Migraciones que declaró irregular su permanencia y ordenó su expulsión. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Sr. Ronald La Torre Huamanlazo, de nacionalidad peruana, promovió un recurso directo contra la decisión de la Dirección Nacional de Migraciones que declaró irregular su permanencia en el país y ordenó su expulsión, con prohibición de reingreso por 8 años, por haber sido condenado a 3 años de prisión como autor del delito de robo. El tribunal consideró que la decisión adoptada por la Dirección Nacional de Migraciones se ajustaba a lo previsto en el art. 29, inc. c) de la ley 25.871, que faculta a la autoridad migratoria a disponer la expulsión de extranjeros condenados penalmente. Señaló que dicha norma ha sido considerada como una facultad discrecional de la autoridad migratoria, siendo la comisión de un delito un impedimento para la permanencia en el país. Por lo tanto, rechazó los planteos del recurrente sobre la supuesta ilegalidad o inconstitucionalidad de la resolución. Además, respecto al planteo de aplicar la dispensa por razones de unificación familiar y el interés superior del niño prevista en el art. 29 in fine de la ley 25.871, el tribunal indicó que su aplicación no altera la solución, pues la autoridad migratoria había examinado ese planteo y lo había desestimado, al tener en cuenta la naturaleza del delito cometido por el recurrente. Finalmente, el tribunal también desestimó el agravio sobre la imposición de costas, señalando que la sola creencia subjetiva del litigante sobre la razón de su reclamo no lo exime del pago de los gastos del contrario cuando el resultado le es desfavorable.
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