EL ENCUENTRO COOPERATIVA DE TRABAJO LIMITADA c/ EN-INAES s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
La cooperativa de trabajo impugnó la suspensión de su operatoria decretada por el INAES. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la medida cautelar por considerar que no se acreditó la verosimilitud de la ilegitimidad del acto administrativo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La cooperativa de trabajo "El Encuentro Limitada" demandó al INAES (Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social) solicitando una medida cautelar para suspender la eficacia de la resolución que había suspendido su operatoria. El juez de primera instancia rechazó la medida cautelar por considerar que la cooperativa no logró acreditar la verosimilitud del derecho invocado. La cooperativa apeló esa decisión. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la medida cautelar. Señaló que, en el marco limitado de este tipo de medidas, no se advierte prima facie arbitrariedad en el accionar de la Administración, ya que de las constancias de la causa surge que la cooperativa no justificó el uso desnaturalizado de la figura cooperativa ni que desarrolló las actividades para las que fue creada. Por lo tanto, no se configura la verosimilitud de la ilegitimidad del acto administrativo, requisito necesario para la procedencia de la medida cautelar.
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