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PLANTEL SA (TF 41517-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Empresa regularizó deudas tributarias y solicita condonación de multas. La Cámara tiene a la parte por desistida de la acción y condonada las multas.

Distribucion de costas Condonacion de multas Desistimiento de accion Regularizacion de deudas tributarias Mipyme


¿Quién es el actor?

Plantel SA

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva (AFIP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra resoluciones que determinaron de oficio el pago de IVA, Impuesto a las Ganancias e Impuesto a las Salidas no Documentadas, con aplicación de intereses y multas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara tiene a la parte actora por desistida de la acción y el derecho, incluso el de repetición, en virtud de que la empresa se acogió al régimen de regularización excepcional de deudas tributarias establecido en la Ley 27.541. Asimismo, la Cámara tiene por condonadas las multas aplicadas, de conformidad con lo previsto en dicha ley. En cuanto a las costas, corresponden a la parte actora por el desistimiento, pero respecto de las multas se distribuyen en el orden causado. Fundamentos relevantes:
- El régimen de regularización excepcional de la Ley 27.541 permite a MiPyMEs acogerse por obligaciones vencidas al 30/11/2019, debiendo acreditar su inscripción con el certificado MiPyME vigente.
- Para gozar del beneficio de condonación de multas, los sujetos deben cumplir con la cancelación total del capital, multas firmes e intereses no condonados.
- La condonación de multas opera de pleno derecho, por lo que no corresponde distribuir las costas en función de partes vencidas.

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