TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45
La empresa Telefónica Móviles Argentina S.A. recurrió la sanción de multa impuesta por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor por incumplimiento en la prestación del servicio de telefonía. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción.
Incumplimiento en la prestación del servicio de telefonía, por corte indebido pese a pago oportuno
¿Qué se resolvió?
Se confirma sanción de multa de $20.000 impuesta a Telefónica por infracción al art. 19 de la Ley de Defensa del Consumidor
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Telefónica no respetó los términos y condiciones pactadas, al interrumpir el servicio pese a que la consumidora había abonado el monto correspondiente a ambas líneas
- La conducta de Telefónica infringió el art. 19 de la Ley 24.240 al no respetar lo pactado y demorar la solución del reclamo de la usuaria
- La sanción impuesta no es irrazonable ni arbitraria, pues se encuentra dentro de las facultades de la autoridad de aplicación ponderar la gravedad de la falta
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