ROITMAN, MAURICIO EZEQUIEL Y OTROS c/ EN s/AMPARO LEY 16.986
El Poder Ejecutivo Nacional suspendió a los miembros del Directorio del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), pero la Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la medida cautelar solicitada por los directores suspendidos.
- Actores: Mauricio Ezequiel Roitman, Guillermo Sebastián Sabbioni Pérez, Carlos Alberto María Casares y Daniel Alberto Perrone, en calidad de miembros suspendidos del Directorio del ENARGAS
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de medida cautelar para suspender los efectos de los artículos 6 y 7 del Decreto 278/2020 que dispuso la suspensión de los directores y la intervención del ENARGAS
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la medida cautelar solicitada. Señaló que no se encuentra acreditada la verosimilitud del derecho invocado ni el peligro en la demora, ya que los directores suspendidos no cuestionaron la intervención del ENARGAS ni la designación del Interventor, y además algunos de ellos informaron que habían iniciado la búsqueda de trabajos en el sector privado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La procedencia de medidas cautelares contra actos estatales requiere una severa apreciación de las circunstancias del caso y acreditación de la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora.
- Los actores no cuestionaron la ley 27.541 que declaró la emergencia pública, ni el Decreto 278/2020 que dispuso la intervención del ENARGAS, por lo que no se encuentra acreditada la verosimilitud del derecho.
- Respecto al peligro en la demora, si bien el cese en el pago de sus remuneraciones tiene carácter alimentario, algunos de los actores informaron que habían iniciado la búsqueda de trabajos en el sector privado, lo que debilita el alegado peligro grave e irreparable.
- Tampoco se configura el peligro en la demora considerando la celeridad de los plazos de la acción de amparo.
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