CABRERA CESAR ANIBAL Y OTROS c/ EN-AFIP-DGI s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Jubilados reclaman la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revoca la sentencia de primera instancia y declara inconstitucional la aplicación del impuesto.
Declarar la inconstitucionalidad de los arts. 1°, 2°, 79 inc. c) y concordantes de la ley 20.628 (Impuesto a las Ganancias) y dejar sin efecto los descuentos sobre sus haberes jubilatorios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Declara la inconstitucionalidad de los arts. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la ley 20.628, con el alcance establecido por la CSJN en "García, María Isabel". Dispone que hasta que el Congreso legisle sobre el punto, no podrá descontarse suma alguna en concepto de Impuesto a las Ganancias de las prestaciones jubilatorias de los actores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara aplica la doctrina de la CSJN establecida en "García, María Isabel", que considera que la falta de tratamiento diferenciado para los jubilados en situación de vulnerabilidad al aplicar el Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes, vulnera los principios constitucionales.
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