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FUNDACION UNIVERSIDAD EMPRESARIAL SIGLO 21 -FUES21 c/ DNDC s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45

La Fundación Universidad Empresarial Siglo 21 promovió recurso directo contra la sanción de multa impuesta por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción al considerar que la Universidad incumplió su deber de información a un alumno sobre aspectos esenciales del plan de estudios.

Relacion de consumo Recurso directo Deber de informacion Sancion administrativa Servicios educativos


¿Quién es el actor?

Fundación Universidad Empresarial Siglo 21 (FUES 21)

¿A quién se demanda?

Dirección Nacional de Defensa del Consumidor

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de sanción de multa por incumplimiento del deber de información

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso directo y se confirma la sanción impuesta

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) La Ley de Defensa del Consumidor es aplicable a las relaciones entre universidades privadas y alumnos, quienes reúnen la calidad de "usuarios" bajo dicha normativa. 2) La FUES 21 incumplió su deber de informar de manera clara, cierta y detallada sobre aspectos esenciales del plan de estudios, como el requisito de cursar materias electivas. 3) Las alegaciones de la FUES 21 no logran desvirtuar la presunción de legitimidad del acto administrativo sancionatorio.

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