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TALBOT WRIGHT, JUAN PABLO c/ EN-M DE JUSTICIA Y DDHH s/AMPARO POR MORA

El actor promovió amparo por mora contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. La Cámara confirmó la sentencia que ordenó a la Administración expedirse en el expediente administrativo en plazo razonable.

Plazo razonable Deber de pronunciamiento Silencio administrativo Amparo por mora Ley 19 549


¿Quién es el actor?

Juan Pablo Talbot Wright

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo por mora

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y se confirmó la sentencia que ordenó al Ministerio expedirse en el expediente administrativo en el plazo de 10 días hábiles.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Administración tiene el deber jurídico de pronunciarse expresamente frente a las peticiones de los particulares, de acuerdo a los arts. 1°, inc. f, ap. 3; 3° y 7°, inc. c, de la Ley 19.549.
- No decidir o decidir fuera de plazo constituyen conductas irregulares de la Administración que perjudican al particular.
- Frente al silencio del Estado, el particular tiene la opción de acudir a la vía judicial para que emplace a la Administración a que se expida.

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