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FURRER, RICARDO ESTEBAN c/ COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal sancionó al Dr. Ricardo Esteban Furrer por incumplimiento de deberes éticos. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sanción.

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¿Quién es el actor?

Dr. Ricardo Esteban Furrer

¿A quién se demanda?

Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la sanción de llamado de atención impuesta por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la sanción. Fundamentos principales:
- El Tribunal de Disciplina sancionó al Dr. Furrer por incumplir sus deberes de lealtad y probidad al no informar oportunamente al juzgado el fallecimiento de su cliente.
- El recurrente planteó la nulidad del procedimiento, pero la Cámara consideró que no se demostró un perjuicio concreto que justifique la nulidad.
- La Cámara señaló que la apreciación de los hechos, la gravedad de la falta y la graduación de la sanción son facultades del órgano profesional, y solo cabe el control judicial para evitar arbitrariedad o ilegalidad.
- Se concluyó que la conducta del Dr. Furrer violó los deberes éticos establecidos en el Código de Ética y la Ley 23.187, por lo que la sanción impuesta se encuentra debidamente fundada.

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