ALBARENGA JORGE LUIS Y OTROS c/ EN -M§ DEFENSA- ARMADA DTO 2769/93 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Tribunal regula honorarios de letrado en etapa de ejecución de sentencia, reduciendo los montos solicitados
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal analiza la regulación de honorarios del letrado de la parte actora en la etapa de ejecución de la sentencia. Señala que para fijar la retribución de los profesionales se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses en juego y la contribución para llegar a la solución definitiva del pleito. Indica que no resulta conveniente la aplicación automática de porcentajes arancelarios cuando ello lleva a una evidente e injustificada desproporción con la obra realizada. Por ello, en este caso, en el que no se opusieron excepciones, corresponde reducir los honorarios del letrado a la suma de $36.500. Agrega que el IVA integra las costas y debe adicionarse al monto regulado cuando el profesional sea responsable inscripto.
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