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CLUB ATLETICO RIVER PLATE ASOCIACION CIVIL c/ UIF s/CODIGO PENAL - LEY 25246 - DTO 290/07 ART 25

El Club Atlético River Plate solicitó la revisión judicial de la multa de $230.000 impuesta por la Unidad de Información Financiera por incumplimientos en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. La Cámara Contencioso Administrativa Federal denegó la producción de prueba ofrecida por el club.

Prueba Recurso directo Prevencion Sanciones administrativas Lavado de activos Financiamiento del terrorismo


¿Quién es el actor?

Club Atlético River Plate Asociación Civil

¿A quién se demanda?

Unidad de Información Financiera (UIF)
- Objeto de la demanda: Revisión judicial de multa de $230.000 impuesta por la UIF
- Decisión del tribunal: Se deniega la producción de la prueba ofrecida por River Plate Fundamentos principales:
- La producción probatoria en este tipo de procesos recursivos tiene carácter excepcional, para evitar la ordinarización del proceso.
- River Plate omitió indicar los hechos controvertidos que pretendía demostrar con la prueba testimonial ofrecida, incumpliendo así los requisitos del Código Procesal.
- Las medidas actuales de River Plate en materia de prevención de lavado de activos resultan irrelevantes, ya que la resolución sancionatoria evaluó su accionar en un período anterior.

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