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RODRIGUEZ CARLOS MAXIMIANO Y OTROS c/ EN (M°DE EDUCACION Y JUSTICIA-SEC DE CULTURA) s/EMPLEO PUBLICO

Beneficiarios de liquidaciones por deuda consolidada cuestionan regulación de honorarios profesionales. La Cámara fija nuevos honorarios considerando el monto involucrado y la calidad de la gestión desarrollada.

Regulacion de honorarios Deuda consolidada Credito reconocido en sentencia Gestion profesional eficaz Art 40 arancel abogados


¿Quién es el actor?

Beneficiarios de liquidaciones por deuda consolidada (RODRÍGUEZ CARLOS MAXIMIANO Y OTROS)

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Educación y Justicia
- Secretaría de Cultura)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestionamiento de regulación de honorarios profesionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la regulación de honorarios estableciendo un nuevo monto de $2.250.000 en conjunto, a distribuirse 40% al Dr. Bryans y 60% al Dr. Vignes. Consideró el monto involucrado de $29.953.837,54 y la calidad y eficacia de la gestión profesional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Sala ha declarado que las tareas profesionales para cobro de crédito reconocido en sentencia merecen retribución autónoma, siendo adecuado recurrir al art. 40 del arancel de abogados.
- Si bien podría recurrirse a tasa pasiva del BCRA o régimen de consolidación para determinar base regulatoria, el beneficiario indicó que ésta ascendía a $31.213.837,54, monto que se considera razonable descontando los honorarios fijados en primera instancia.
- Se tuvo en cuenta la calidad y eficacia de la gestión profesional desarrollada para obtener la determinación y cobro del crédito reconocido.

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