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LARES, EDUARDO JORGE c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH s/AMPARO POR MORA

La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica los honorarios regulados a la letrada de la actora en un amparo por mora.

Honorarios Arancel Amparo Reduccion Unidad de medida arancelaria


¿Quién es el actor?

LARES, EDUARDO JORGE

¿A quién se demanda?

EN
- M JUSTICIA Y DDHH

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo por mora

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal redujo los honorarios regulados a la letrada de la actora a la suma de $29.492,40, equivalente a 8,40 UMA, atendiendo a la naturaleza del asunto, lo preceptuado por el art. 48 de la ley 27.423 sobre honorarios mínimos en amparos, y los demás criterios del art. 16 de dicha ley de aranceles.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"atento el motivo, extensión, calidad jurídica y resultado de la labor desarrollada, es preciso remitirse a lo dispuesto en los incs. b) a g) del art. 16 de la referida Ley de Arancel." "En tales condiciones, atendiendo a la etapa del pleito cumplida, corresponde, reducir a la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS CON CUARENTA CENTAVOS ($29.492,40) -equivalente a 8,40 UMA
- los honorarios de la DRA. SONIA DEBORA CASALE DE MOREAU, letrada apoderada, actuante en la defensa de la actora (arts. 16, 20, 29, 48 y ccdtes. y citados de la ley 27.423 y Dto. 1077/17)."

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