BERNUJ, FELIX OMAR Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - EA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Empleados militares demandan que se incorporen al haber mensual los suplementos salariales otorgados por decretos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
¿Quién es el actor?
Empleados militares y civiles de las Fuerzas Armadas y de Seguridad
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército Argentino
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incorporación al haber mensual de los suplementos salariales otorgados por los decretos 1305/12 y modificatorios
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó los agravios de la parte demandada y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
La Cámara señaló que:
- Los suplementos creados por el decreto 1305/12 tienen carácter general y permanente, por lo que deben incorporarse al concepto de sueldo con carácter remunerativo y bonificable.
- La doctrina de la CSJN en "Zanotti" y "Salas" sobre la naturaleza remunerativa y bonificable de los adicionales transitorios, resulta aplicable a los suplementos del decreto 1305/12.
- El devengamiento de los créditos reconocidos encontrará su límite temporal en el 1° de octubre de 2020, fecha en que fue derogado el decreto 1305/12 en lo referente a los suplementos reclamados.
- Las diferencias salariales adeudadas deberán abonarse conforme lo dispuesto por las leyes 23.982, 24.624 y 26.895.
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