RIOS, CARLOS GILBERTO Y OTRO c/ EN-M JUSTICIA DDHH-DNRPACP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Los actores promovieron demanda para obtener la declaración de nulidad de los actos administrativos que dejaron sin efecto sus propuestas de designación como encargados titulares de Registros Seccionales de la Propiedad Automotor. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del límite de edad máxima de 60 años establecido por el Decreto N° 644/89 para ser propuesto como encargado de registro.
- Actores: Carlos Gilberto Ríos y Miguel Oreste Kroll
¿A quién se demanda?
Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPACP)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de nulidad de los actos administrativos que dejaron sin efecto sus propuestas de designación como encargados titulares de Registros Seccionales de la Propiedad Automotor.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del límite de edad máxima de 60 años establecido por el Decreto N° 644/89 para ser propuesto como encargado de registro.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El requisito de edad máxima previsto en el Decreto N° 644/89 restringe indebidamente un derecho concedido en una norma de superior jerarquía, al establecer una pauta de carácter objetivo que no es susceptible de ser justificada en pautas de razonabilidad.
- El solo hecho de alcanzar los 60 años de edad no revela la ausencia de condiciones para cumplir la función, por lo que dicho límite resulta discriminatorio.
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