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TORRES MOLINA, ESTER DEL VALLE c/ EN-M JUSTICIA DDHH-DNRPACP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora promovió demanda para obtener la declaración de nulidad de diversos actos administrativos que dejaron sin efecto su designación como encargada titular de un registro automotor. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad del límite de edad establecido reglamentariamente para el acceso a ese cargo.

Registro automotor Derecho al trabajo Exceso reglamentario Idoneidad Limite de edad Encargado de registro


¿Quién es el actor?

Ester del Valle Torres Molina

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener la declaración de nulidad de diversos actos administrativos que dejaron sin efecto su designación como encargada titular de un registro automotor.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del límite de edad establecido reglamentariamente para el acceso al cargo y, en consecuencia, la nulidad de los actos administrativos impugnados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El decreto-ley 6582/1958 que regula el cargo de encargado de registro no prevé límite de edad, sino solo idoneidad y buena conducta. El decreto 644/1989 que establece el límite de 60 años de edad constituye un exceso reglamentario que vulnera derechos y garantías constitucionales como el derecho al trabajo y la igualdad.

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