YAN, XIAOQIAN c/ EN-DNM s/AMPARO POR MORA
La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala III confirmó la regulación de honorarios realizada por el juez de primera instancia en un amparo por mora.
¿Quién es el actor?
XIAOQIAN YAN
¿A quién se demanda?
EN-DNM (Estado Nacional
- Dirección Nacional de Migraciones)
- Objeto de la demanda: Amparo por mora
- Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala III confirmó la regulación de honorarios realizada por el juez de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Es criterio reiterado y pacífico de este Tribunal que la retribución de los profesionales intervinientes en el amparo por mora se debe determinar con arreglo a lo establecido por el art. 44, párrafo final, de la ley 27423.
- Teniendo presente la naturaleza y resultado del asunto, la calidad y eficacia de la tarea profesional y las etapas cumplidas, se fijan los honorarios del Dr. Alejandro Cesar Bevacqua en la suma de treinta y un mil quinientos noventa y nueve pesos -$31.599-, que equivalen a 9UMA (arts. 16, 19 y 44 de la ley 27423 y Ac. CSJN 36/20).
- En caso de que el profesional beneficiario acredite su condición de responsable inscripto frente al Impuesto al Valor Agregado, se deberá adicionar a los emolumentos aquí fijados la alícuota correspondiente a dicho tributo, que también se encuentra a cargo del condenado en costas.
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