SAF ZONA FRANCA Y MSA c/ EN-DGA-RESOL 4326/08 (EXPTE 606669/01) s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
La Zona Franca impugnó la resolución aduanera que la condenó al pago de multas e impuso el comiso de mercadería. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la decisión al considerar que la notificación fue válida al haberse realizado en el domicilio especial registrado ante Aduana.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora (SAF Zona Franca y MSA) demandó al Estado Nacional
- Dirección General de Aduanas impugnando la resolución DE PRLA N° 4326/08 que la condenó al pago de multas e impuso el comiso de mercadería.
- El tribunal de primera instancia ordenó la devolución de las actuaciones a la Aduana para que resolviera el incidente de nulidad de notificación planteado por la empresa.
- La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la decisión de primera instancia, considerando que la notificación de los actos administrativos (vista, declaración de rebeldía y resolución condenatoria) fue válidamente realizada en el domicilio especial registrado por la empresa ante la Aduana, conforme lo prevé el art. 1002 del Código Aduanero.
- La Cámara consideró que la resolución condenatoria pasó en autoridad de cosa juzgada al no haber sido recurrida en plazo, por lo que devino innecesario analizar los restantes agravios.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: