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COLLAZO REY, RODRIGO JUAN c/ EN-M DEFENSA-EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El personal militar reclamó la incorporación de suplementos salariales al haber mensual. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aclaró los alcances de la liquidación.

Intereses Costas Liquidacion Personal militar Suplementos salariales Caracter remunerativo y bonificable Decretos 1305 12


¿Quién es el actor?

Personal militar del Ejército Argentino

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Defensa

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamaron la incorporación al haber mensual, con carácter remunerativo y bonificable, de los suplementos salariales otorgados por los decretos 1305/12 y modificatorios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, modificó la sentencia de primera instancia. Confirmó que los suplementos reclamados deben incorporarse al haber mensual, pero aclaró que el devengamiento de los créditos reconocidos encuentra su límite temporal en la fecha de derogación de los decretos que los regulaban (1ro de octubre de 2020). Además, estableció pautas para la liquidación de las sumas adeudadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que los decretos 1305/12 y modificatorios otorgaron suplementos de carácter general, por lo que correspondía su incorporación al haber mensual. Sin embargo, aclaró que a partir de la derogación de esas normas, el devengamiento de los créditos reconocidos al actor tiene un límite temporal. Asimismo, estableció los criterios a seguir para la efectivización del pago de lo adeudado, a fin de evitar futuros incidentes. Por último, modificó la imposición de costas, distribuyéndolas en el orden causado.

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