FERRETO JULIO CESAR Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-ARMADA-DTO 1104/05 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La parte actora planteó reclamo por intereses moratorios y compensatorios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la liquidación de intereses realizada por el juez de primera instancia.
Incorporación de incrementos salariales y pago de retroactividades adeudadas
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la resolución de primera instancia y ordenó practicar una nueva liquidación de intereses moratorios y compensatorios de acuerdo a los criterios fijados en la sentencia.
Fundamentos principales:
- El tribunal tiene facultades para fijar o modificar de oficio las liquidaciones practicadas por las partes, a fin de resguardar el principio de cosa juzgada.
- Los intereses moratorios deben calcularse sobre el capital puro adeudado, desde el vencimiento del plazo legal para el pago (31/12/2017) hasta la fecha en que la sentencia que ordenó llevar adelante la ejecución quedó firme (17/09/2019).
- Sobre ese monto total se devengarán intereses hasta el efectivo pago.
- Procede la capitalización de intereses al haberse dispuesto la ejecución judicial de la condena.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: