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KESTENBAUM, MARIA BERTA c/ EN-M ECONOMIA Y FP-INEC s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora demandó el pago de diferencias salariales por suplementos que le correspondían al personal permanente. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo de la demanda al considerar que no existe obligación de igualar los salarios del personal temporario con el permanente.

Remuneracion Igualdad Diferencias salariales Personal temporario Suplementos Personal permanente


¿Quién es el actor?

María Berta Kestenbaum

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
- INDEC

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de diferencias salariales por suplementos "Adicional por Tramo", "Capacitación Terciaria" y "Función Específica"

¿Qué se resolvió?

Se confirma el rechazo de la demanda Fundamentos principales:
- La actora era personal temporario, mientras que los suplementos reclamados correspondían al personal permanente. Al no encontrarse en igual situación estatutaria, no resulta aplicable el principio de igualdad del art. 16 de la CN.
- Existen numerosos casos donde empleados que cumplen tareas similares perciben emolumentos diferentes, por ejemplo, por antigüedad.
- La diferencia de salarios no se debe a las tareas desarrolladas, sino a la diferencia de categoría entre personal temporario y permanente.

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