SODERINI, HECTOR FEDERICO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió demanda para que se le reconozcan los servicios prestados como médico contratado a los fines jubilatorios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la demanda por considerar que la situación del actor difiere sustancialmente del precedente Ramos y que no se configuró una relación de empleo público estable.
¿Quién es el actor?
Héctor Federico Eduardo Soderini
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Seguridad-Policía Federal Argentina)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de servicios prestados como médico contratado a los fines jubilatorios
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal consideró que la situación del actor difiere sustancialmente del precedente "Ramos", donde la Corte Suprema reconoció una relación de empleo público estable. En el caso del actor, si bien prestó servicios mediante contratos, luego pasó a revista como personal de planta permanente y continúa prestando servicios, por lo que no se configuró la "legítima expectativa de permanencia laboral" que protege el art. 14 bis de la CN.
- No hubo ni rescisión de contrato ni desvinculación forzosa del actor, a diferencia del caso "Ramos".
- El derecho a las prestaciones previsionales se rige por la ley vigente al momento del cese o fallecimiento del afiliado, y el actor continúa prestando servicios.
- Se declaró desierto el recurso de apelación por considerar que el apelante no efectuó una crítica concreta y razonada de la sentencia de primera instancia.
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