MERCADO CLAUDIO FABIAN Y OTRO c/ EN-M° DEFENSA-FAA DTO 628/92 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Letrado de la parte actora apeló el rechazo de la regulación de honorarios por los trabajos posteriores a la ejecución de la sentencia. La Cámara revocó la decisión y ordenó al juez de primera instancia regular los honorarios reclamados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Sr. Juez de primera instancia había rechazado el pedido de regulación de honorarios formulado por el letrado de la parte actora, por los trabajos relacionados con la ejecución de la sentencia. El letrado apeló esa decisión.
La Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala II, en su resolución, señaló que el principio general es que la carga del pago de los honorarios queda discernida con la imposición de costas efectuada en la sentencia. Sin embargo, este principio debe ceder cuando la labor profesional del letrado ha excedido lo necesario para obtener el cumplimiento de la sentencia, por la resistencia o desidia de la demandada. En estos casos, corresponde reconocer el derecho a retribución, incluso si no se han cumplido estrictamente los trámites del art. 40 de la Ley de Arancel.
La Cámara consideró que en el caso concreto la labor del letrado excedió lo necesario para obtener el cumplimiento de la sentencia, dada la actitud de la administración, por lo que correspondía regular los honorarios reclamados por los trabajos posteriores a la ejecución del fallo.
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