ACOSTA JORGE LEONARDO Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-ARMADA-DTO 2769/93 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Jueces de la Cámara Contencioso Administrativa Federal aumentan los honorarios del letrado apoderado de la parte actora por las tareas realizadas en la ejecución de sentencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal analiza el pedido de regulación de honorarios del letrado patrocinante de la parte actora, en el marco de la ejecución de una sentencia previa. Los jueces destacan que, para fijar los honorarios, se debe ponderar la naturaleza y magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses en juego, sin limitarse a la mera aplicación de porcentajes arancelarios. En tal sentido, consideran que corresponde elevar los honorarios del letrado a la suma de $61.792, equivalente a 16 UMA, por su actuación en el particular trámite de ejecución. Fundamentan su decisión en que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional, conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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