ARROYO, ALEJANDRO JAVIER c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió demanda por diferencias salariales respecto de los incrementos establecidos por el decreto 2140/13. La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y limitó el reconocimiento de los suplementos hasta la derogación de los mismos por el decreto 380/17.
¿Quién es el actor?
Alejandro Javier Arroyo, personal de la Policía Federal Argentina.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por diferencias salariales en relación a los incrementos establecidos por el decreto 2140/13.
¿Qué se resolvió?
- La Cámara confirmó el reconocimiento de los incrementos salariales del decreto 2140/13 con carácter remunerativo y bonificable, pero limitado al período de vigencia de dicho decreto, hasta la derogación por el decreto 380/17.
- Respecto al plazo de prescripción, la Cámara desestimó el planteo de la demandada sobre la aplicación del plazo bienal y confirmó la aplicación del plazo quinquenal.
- La Cámara distribuyó las costas por su orden, en ambas instancias.
Fundamentos relevantes:
- "...en lo que respecta a los agravios expuestos con relación al decreto Nº 2140/13, corresponde remitir –en lo pertinente– a lo resuelto por esta Sala en autos: "Padilla, David Ángel c/E.N. –Mº de Seguridad –P.F.A. s/personal militar y civil de la FF.AA. y de Seg.", Expte. Nº 16.902/2016, del 26/09/2019."
- En relación al plazo de prescripción, la Cámara concluyó que "...no existe período alguno que se encuentre prescripto. Por lo tanto, las diferencias salariales reconocidas deberán computarse desde la fecha de entrada en vigencia del decreto 2140/13, es decir, desde el 01/01/14."
- Respecto a la supresión de los suplementos por el decreto 380/17, la Cámara señaló que "...no corresponde incluir los suplementos creados por el decreto 2140/13 en el haber mensual de los actores, como tampoco reconocer diferencia salarial alguna por tales conceptos, desde la fecha en que dichos suplementos fueron derogados por el decreto 380/17."
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