CACERES GUSTAVO RUBEN c/ EN-PJN s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios de los profesionales intervinientes, ajustándolos al mérito, calidad y eficacia de las tareas realizadas.
- Actor: GUSTAVO RUBEN CACERES
- Demandado: EN-PJN (Estado Nacional
- Poder Judicial de la Nación)
- Objeto: Regulación de honorarios profesionales
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios de los profesionales intervinientes, ajustándolos al mérito, calidad y eficacia de las tareas realizadas. Señaló que no corresponde una aplicación automática de porcentajes arancelarios, sino que debe analizarse la magnitud del trabajo, la responsabilidad asumida y la complejidad del asunto. Fijó los honorarios de la dirección letrada y representación de la demandada, así como de la perito médica legista y psiquiatra.
Fundamentos:
"Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito."
"corresponde confirmar – en lo que fue materia de recurso
- los honorarios de la dirección letrada y representación de la demandada (arts. 6, 7, 9, 10, 19, 22, 37, 38, y ccdtes. de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432)."
"corresponde, confirmar los emolumentos de la DRA. SILVINA ANDREA CICHOCKI, por la dirección letrada y representación de la demandada (arts. 9, 33, ccdtes. y citados de la referida la ley de arancel)."
"corresponde elevar a la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS ($7.500) los emolumentos fijados en su favor."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: