VIDAL WALTER ANGEL Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-ARMADA DTO 1104/05 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El coactor demandó por intereses derivados de una condena. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la resolución de primera instancia y ordenó que se practique una nueva liquidación de intereses hasta el efectivo pago.
- Actor: Daniel Máximo García
- Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Objeto: Cobro de intereses derivados de una condena.
- Decisión: La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por el actor y ordenó practicar una nueva liquidación de intereses, considerando que:
La sentencia firme reconoció el pago de intereses hasta el efectivo pago del capital condenado.
De acuerdo a la jurisprudencia de la Corte Suprema, los intereses moratorios deben computarse hasta la cancelación del crédito para satisfacer su integridad.
Durante el plazo que se le otorga al Estado para cumplir la condena (art. 22 Ley 23.982 y art. 170 Ley 11.672), continúan devengándose los intereses fijados en la sentencia.
La nueva liquidación deberá comprender los intereses devengados hasta la notificación de la intimación bajo apercibimiento de ejecución, y a partir de allí calcular los intereses en los términos del art. 770 CCyC.
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