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TORRES, MAURO DAVID Y OTRO c/ EN - M DEFENSA - ARMADA ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Militares reclaman inclusión de suplementos en su haber mensual. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma sentencia que ordenó al Estado incorporar a los sueldos suplementos creados por decreto.

Recurso de apelacion Remuneracion Personal militar Suplementos Decreto n 1305 12 Decreto n 780 20

Los actores, militares, demandaron al Estado Nacional
- Ministerio de Defensa para que se incorporen con carácter remunerativo y bonificable los suplementos creados por el Decreto N° 1305/12 y sus modificatorios a su sueldo. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda. El Estado Nacional apeló. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia apelada. Señaló que la cuestión respecto al carácter con que deben computarse los suplementos es sustancialmente análoga a lo resuelto por la Corte Suprema en Fallos 342:832. Además, indicó que por Decreto N° 780/20 los suplementos se incorporan al "Haber mensual" del personal militar a partir del 1° de octubre de 2020, por lo que el reconocimiento propiciado estará sujeto a esa limitación temporal. En cuanto a las costas, la Cámara señaló que el Estado Nacional no expresó agravios respecto a ese punto, por lo que fueron establecidas por su orden.

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