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DTH SA c/ EN-SC (EXPTE S01:1188/02 Y OTROS) Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La administradora provisional del sucesorio del letrado apoderado fallecido solicitó regulación provisoria de honorarios, y la Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la denegatoria y ordenó a la instancia anterior que regule los honorarios provisionales.

Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Ley 21 839 Apoderado fallecido Cesacion de representacion


- Actor: La administradora provisional del sucesorio del Sr. Ángel Julio Figueredo, ex letrado apoderado de la parte actora
- Demandado: No aplicable
- Objeto: Solicitud de regulación provisoria de honorarios del letrado fallecido, conforme art. 48 Ley 21.839
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la providencia que denegaba la regulación provisoria de honorarios y ordenó a la instancia anterior que la practique. Los principales fundamentos fueron:
- El art. 53 inc. 6° CPCCN establece que la representación del apoderado cesa por su muerte, lo que habilita a solicitar la regulación de honorarios de manera previa a la sentencia.
- El art. 48 de la Ley 21.839 prevé la posibilidad de que los profesionales soliciten la regulación de honorarios cuando el vínculo con el cliente hubiera cesado antes de la finalización del pleito.
- Ante la muerte del letrado, esperar hasta la sentencia final para regular los honorarios afectaría indebidamente su retribución, por lo que corresponde admitir la apelación y revocar la denegatoria.

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