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DTH SA c/ EN-SC (EXPTE S01:1188/02 Y OTROS) Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La administradora provisional del sucesorio del letrado apoderado fallecido solicitó regulación provisoria de honorarios, y la Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la denegatoria y ordenó a la instancia anterior que regule los honorarios provisionales.

Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Ley 21 839 Apoderado fallecido Cesacion de representacion


¿Quién es el actor?

La administradora provisional del sucesorio del Sr. Ángel Julio Figueredo, ex letrado apoderado de la parte actora

¿A quién se demanda?

No aplicable

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de regulación provisoria de honorarios del letrado fallecido, conforme art. 48 Ley 21.839

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la providencia que denegaba la regulación provisoria de honorarios y ordenó a la instancia anterior que la practique. Los principales fundamentos fueron:
- El art. 53 inc. 6° CPCCN establece que la representación del apoderado cesa por su muerte, lo que habilita a solicitar la regulación de honorarios de manera previa a la sentencia.
- El art. 48 de la Ley 21.839 prevé la posibilidad de que los profesionales soliciten la regulación de honorarios cuando el vínculo con el cliente hubiera cesado antes de la finalización del pleito.
- Ante la muerte del letrado, esperar hasta la sentencia final para regular los honorarios afectaría indebidamente su retribución, por lo que corresponde admitir la apelación y revocar la denegatoria.

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