RODRIGUEZ, JOSE ALBERTO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió demanda por el reconocimiento del carácter bonificable del suplemento creado por decreto. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció el carácter bonificable del suplemento.
El Sr. José Alberto Rodriguez demandó al Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina, solicitando el reconocimiento del carácter bonificable del suplemento creado por el decreto N° 380/2017.
La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda, reconociendo el carácter bonificable del suplemento y ordenando el pago de las diferencias salariales devengadas.
El Estado Nacional apeló la sentencia, alegando que los suplementos previstos en el decreto N° 380/2017 no tienen carácter general ni permanente, sino particular, y por lo tanto no deben ser incluidos en el concepto de "sueldo".
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia. Señaló que en una causa análoga la Procuradora Fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación concluyó que el suplemento "Función Policial Operativa" tiene carácter general y debe reconocerse su condición de parte integrante del haber mensual. Además, indicó que las manifestaciones sobre la temporalidad de los suplementos no resultan suficientes para otorgarles el carácter de agravio.
En cuanto a las diferencias salariales adeudadas, la Cámara estableció que deberán abonarse de conformidad con lo dispuesto por el art. 22 de la ley 23.982, el art. 20 -segunda parte
- de la ley 24.624 y el art. 68 de la ley 26.895, con más los intereses correspondientes hasta el momento del efectivo pago.
Finalmente, las costas de alzada se distribuyeron en el orden causado.
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