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STOBBIA, MARIA LUCIANA Y OTRO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El personal policial demandó el carácter remunerativo y bonificable de suplementos salariales. La Cámara confirma que los incrementos deben incluirse en el "haber mensual" por su carácter general, pero modifica la imposición de costas.

Costas Personal policial Decreto 380 17 Suplementos salariales Bonificable Remunerativo

Que se incluyan como "remunerativos" y "bonificables" los incrementos salariales otorgados por el decreto n° 380/17
- Decisión: La Cámara hace lugar parcialmente a la demanda. Confirma que los incrementos deben incluirse en el "haber mensual" por su carácter general, pero modifica la imposición de costas.
- Fundamentos: El tribunal señala que si los suplementos del decreto n° 380/17 son percibidos por la práctica totalidad del personal policial, tienen carácter general y deben tener naturaleza remunerativa y bonificable, conforme la doctrina de la Corte Suprema. Sin embargo, modifica la imposición de costas, distribuyéndolas en el orden causado, atento a la naturaleza de la cuestión debatida.

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