BAIRES FLOORING SAS c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
La actora promovió demanda por observación de declaraciones SIMI. La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia de primera instancia y concedió la medida cautelar solicitada.
¿Quién es el actor?
Baires Flooring SA
¿A quién se demanda?
EN-M Desarrollo Productivo-Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Externa y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se abstengan de exigirle el estado de "Salida" de las declaraciones SIMI identificadas con los códigos 20033-SIMI-003279M y 20073SIMI156588F.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a la medida cautelar, ordenando a la AFIP-DGA y demás organismos intervinientes que se abstengan de requerirle a la actora la presentación de las declaraciones SIMI con el estado "Salida" y permitir la oficialización del despacho de importación, tramitación, liberación a plaza y comercialización de la mercadería.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que se encontraba acreditada la verosimilitud del derecho invocado por la actora, ya que las declaraciones SIMI se encontraban observadas sin que la Administración hubiera brindado explicación concreta sobre los motivos de dicha observación. Asimismo, se configuraba el peligro en la demora, dado que la paralización de las importaciones podría acarrear una pérdida de difícil reparación para la actora. Por último, indicó que la concesión de la medida cautelar no afectaría el interés público.
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