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JUAN RUBI, AGUSTIN Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Suplementos creados por Decreto N° 1305/12 deben computarse en el haber mensual del personal militar con carácter remunerativo y bonificable. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo.

Recurso de apelacion Corte suprema Personal militar Suplementos remunerativos Bonificable Decreto 1305 12 Decreto 780 20


- Actor: Juan Rubi, Agustín y otros
- Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Objeto: Incorporar con carácter remunerativo y bonificable los suplementos creados por el Decreto N° 1305/12 y sus modificatorios al sueldo del personal militar.
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo. Señaló que la cuestión resulta sustancialmente análoga a lo resuelto por la Corte Suprema en el precedente "Fallos 342:832", por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí expuestos. Asimismo, indicó que el reconocimiento de los suplementos estará sujeto a la limitación temporal establecida por el art. 2 del Decreto 780/20, que derogó dichos suplementos a partir del 1/10/2020.

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