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MAGARIO BERGEROT, LUCIA JULIANA c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3

La actora reclamó el beneficio de la Ley 24.043 por haber nacido en el exilio. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la denegación del beneficio y reconoció su derecho.

Derecho a la identidad Ley 24 043 Exilio Hijos de exiliados Derecho a la pertenencia cultural

Obtener el beneficio previsto en la Ley 24.043 por haber nacido en el exilio de sus padres.
- Decisión: La Cámara revocó la resolución que había denegado el beneficio y reconoció el derecho de la actora a obtenerlo, desde su nacimiento hasta el 9 de diciembre de 1983.
- Fundamentos:
- La Cámara consideró que las cuestiones planteadas eran sustancialmente análogas al precedente "De Maio" de la Corte Suprema, donde se reconoció el derecho de los hijos de exiliados a obtener el beneficio.
- Señaló que "habiéndose aceptado ampliamente el derecho de quienes se vieron en la necesidad de exiliarse para poder preservar su vida e integridad, carecería de justificativo válido desconocer idéntico derecho a los hijos de esos exiliados".
- Concluyó que la recurrente se vio "forzada, como consecuencia directa del accionar ilegítimo del Estado, a ser criada en un entorno diferente en lo cultural y social al que debieron pertenecer", lo que afectó sus derechos a la identidad y pertenencia cultural.

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