CORDINI, MIGUEL ANGEL Y OTROS c/ EN - AFIP - DGI s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Jubilados de la Fuerza Aérea cuestionan la retención del Impuesto a las Ganancias. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revoca la decisión de incompetencia y ordena continuar el proceso en la jurisdicción de la AFIP.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Los actores, que son jubilados de la Fuerza Aérea Argentina, promovieron una acción declarativa de certeza contra la AFIP-DGI, con el fin de que se declare la inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que permiten retener dicho tributo de sus haberes jubilatorios, y se ordene el cese de tales retenciones, con la restitución de las sumas ya retenidas. El juez de primera instancia había admitido la excepción de incompetencia planteada por la AFIP y derivó el proceso a la justicia federal con competencia en las ciudades de residencia de los actores. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó esa decisión y determinó que la competencia corresponde a la jurisdicción donde tiene su sede central la AFIP, dado que allí es donde se materializa la liquidación de los haberes y la retención del impuesto cuyo cese se pretende. La Cámara consideró que no existe un gravamen concreto para la AFIP al ser demandada en su sede central, y que la proximidad territorial no representa una ventaja en este tipo de proceso.
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