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DE TOMA, ANDRES VICTOR c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3

El actor promovió recurso directo contra la resolución que le denegó el beneficio previsto en la ley 24.043. La Cámara Contencioso Administrativo Federal Sala II modificó la resolución y reconoció el derecho del recurrente a percibir el beneficio de la ley.

Reparacion Principio de buena fe Refugiado Ley 24 043 Persecucion politica Exilio forzado


¿Quién es el actor?

Andrés Víctor De Toma

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de beneficio previsto en la ley 24.043 por haber sido exiliado

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la resolución administrativa que había denegado el beneficio y ordenó que se le otorgue al actor el beneficio de la ley 24.043 por el período comprendido entre el 27/10/1983 y el 10/12/1983.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha establecido que el certificado de refugiado otorgado por el ACNUR es prueba suficiente de haber sufrido persecución que forzó el exilio.
- El actor acreditó haber sido reconocido como refugiado por el ACNUR el 27/10/1983, lo que prueba que su exilio no fue voluntario sino forzado para preservar su vida, libertad o integridad.
- Corresponde aplicar el principio de la buena fe y la solución más favorable al beneficiario, fijando el período indemnizable entre el 27/10/1983 y el 10/12/1983.
- La autoridad administrativa ya no reivindica la aplicación de la resolución 670/2016 que limitaba los montos, por lo que corresponde liquidar conforme al texto original de la ley 24.043.

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