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TOYOTA ARGENTINA SA c/ EN-AFIP-DGI s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda promovida por Toyota Argentina S.A. contra la AFIP-DGI por bonos fiscales.

Afip Ley 11 683 Bonos fiscales Cesion de creditos tributarios Legitimidad de creditos


- Actor: Toyota Argentina S.A.
- Demandado: AFIP-DGI
- Objeto: Reclamo por la validez de bonos fiscales utilizados por Toyota para cancelar obligaciones tributarias.
- Decisión: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda de Toyota.
- Fundamentos principales:
- La Corte Suprema estableció que, de acuerdo al art. 29 de la Ley 11.683, la AFIP puede comprobar la existencia y legitimidad de los créditos fiscales cedidos, aun cuando se hayan cumplido los requisitos formales.
- La Cámara consideró que el caso es análogo al precedente "Indacor" de la Corte Suprema, por lo que debe aplicarse la misma interpretación.
- Si se acredita la inexistencia o ilegitimidad del crédito tributario transferido, no puede admitirse que tenga efecto cancelatorio su uso por el cesionario.

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