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TOYOTA ARGENTINA SA c/ EN-AFIP-DGI s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda promovida por Toyota Argentina S.A. contra la AFIP-DGI por bonos fiscales.

Afip Ley 11 683 Bonos fiscales Cesion de creditos tributarios Legitimidad de creditos


¿Quién es el actor?

Toyota Argentina S.A.

¿A quién se demanda?

AFIP-DGI

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por la validez de bonos fiscales utilizados por Toyota para cancelar obligaciones tributarias.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda de Toyota.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema estableció que, de acuerdo al art. 29 de la Ley 11.683, la AFIP puede comprobar la existencia y legitimidad de los créditos fiscales cedidos, aun cuando se hayan cumplido los requisitos formales.
- La Cámara consideró que el caso es análogo al precedente "Indacor" de la Corte Suprema, por lo que debe aplicarse la misma interpretación.
- Si se acredita la inexistencia o ilegitimidad del crédito tributario transferido, no puede admitirse que tenga efecto cancelatorio su uso por el cesionario.

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