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ROMANO, MARTIN CARLOS c/ EN - M DEFENSA - FA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda para que se reconozca el carácter remunerativo y bonificable de ciertos suplementos militares. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, con algunas precisiones sobre el alcance temporal de la condena.

Costas Diferencias salariales Ley 23 982 Suplementos militares Caracter remunerativo Ley 24 624 Ley 26 895


- Actor: Personal de la Armada Argentina
- Demandado: Estado Nacional
- Objeto: Reclamó que se incluya en el haber mensual, con carácter remunerativo y bonificable, los suplementos creados por el decreto 1305/12 y sus modificatorios.
- Decisión: El tribunal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, ordenando al Estado Nacional incluir dichos suplementos en el sueldo del actor y abonar las diferencias retroactivas. Aclaró que el devengamiento de los créditos reconocidos encuentra su límite temporal en la fecha de derogación del decreto 1305/12 (1/10/2020). Asimismo, dispuso que las diferencias salariales adeudadas deben abonarse conforme lo establecido en las leyes 23.982, 24.624 y 26.895.
- Fundamentos:
- El tribunal remite a lo resuelto en un precedente ("Terrazas Chauque") donde se analizaron los mismos decretos, desestimando los agravios del Estado Nacional.
- Respecto a la tasa de interés, el tribunal consideró que la tasa pasiva promedio mensual publicada por el BCRA es la adecuada para compensar el menoscabo por la mora, conforme jurisprudencia de la CSJN.
- En cuanto a las costas, el tribunal modificó la decisión de primera instancia y las distribuyó en el orden causado, por la naturaleza de la cuestión debatida.

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