LOPEZ PEREYRA EMILIANO ANDRES Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-DTO 1104/05 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores reclamaron el pago de intereses adeudados. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la decisión de primera instancia y ordenó el pago de los intereses, al considerar que el Estado había agotado la posibilidad de demorar el pago.
Pago de intereses adeudados
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la decisión de primera instancia y ordenó el pago de los intereses, al considerar que el Estado había agotado la posibilidad de demorar el pago por una única vez, de acuerdo a lo establecido en el fallo "Curti, Gustavo Alberto" de la Corte Suprema.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó las disposiciones de las leyes 23.982, 24.624 y 26.895, que establecen la obligación de presupuestar el pago de las condenas al Estado y los plazos para ello. Señaló que el pago de los intereses debía afrontarse en el ejercicio 2018, al agotarse la partida presupuestaria del 2017, y que el Estado no podía demorar nuevamente el pago.
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