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LOPEZ, CARLOS LUIS c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH s/AMPARO POR MORA

El particular promovió acción de amparo por mora administrativa. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el pronunciamiento que ordenó a la Administración expedirse en las actuaciones administrativas.

Amparo Mora administrativa Deber de expedirse Ley 19 549 Derechos del administrado


¿Quién es el actor?

Carlos Luis López

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación
- Secretaría de Derechos Humanos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo por mora administrativa

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que ordenó a la Administración expedirse en el plazo de 15 días en las actuaciones administrativas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Administración tiene el deber jurídico de pronunciarse expresamente frente a las peticiones de los particulares. El cúmulo de trabajo no puede resultar una causal de dispensa de la obligación de expedirse. Han transcurrido razonables plazos sin que el organismo competente dictara resolución, configurándose la situación de mora prevista en el art. 28 de la Ley 19.549.

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