Incidente Nº 2 - ACTOR: COPPEL SA DEMANDADO: EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA-SIMI 41043W Y OTRO s/INC DE MEDIDA CAUTELAR
La actora promovió incidente de medida cautelar para suspender los efectos de la observación y baja de su declaración SIMI. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida cautelar concedida debido a la verosimilitud del derecho de la actora y el peligro en la demora.
- Actor: Coppel SA
- Demandado: AFIP
- DGA, Ministerio de Desarrollo Productivo
- Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Externa (SIECyGCE)
- Objeto: Suspender los efectos de la observación y baja de la declaración SIMI 21 001 SIMI 041043 W
- Decisión: La Cámara confirmó la medida cautelar concedida por el juez de primera instancia. Consideró que la actora acreditó verosimilitud en su derecho, ya que la autoridad administrativa no especificó las razones concretas de la observación y baja de la declaración SIMI, lo que configuraba una vía de hecho. Asimismo, determinó que existía peligro en la demora, ya que la paralización de la importación podría causar perjuicios graves e irreparables a la actora.
- Fundamentos principales:
- La mera alegación genérica de incumplimiento de requisitos es insuficiente, siendo necesario que la autoridad indique en forma específica y concreta las inobservancias cometidas.
- El tiempo transcurrido sin que la autoridad se expida sobre las observaciones y comunique a la actora los motivos, excedió los plazos fijados por la normativa, configurando una vía de hecho que afectó el derecho de defensa de la actora.
- La suspensión del régimen aplicable a esta declaración SIMI en particular no afecta el interés público, dado que la finalidad es obtener información para la coordinación del Estado, y no implica una afectación valorable.
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