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La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II confirmó los honorarios regulados al letrado apoderado de la actora, destacando la necesidad de evaluar la tarea realizada más allá de la aplicación automática de porcentajes.

Regulacion de honorarios Merito de la labor profesional Proceso de ejecucion Camara contencioso administrativa federal

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II resolvió el recurso interpuesto respecto de la regulación de honorarios profesionales. El tribunal señaló que al regular los honorarios se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses en juego, sin limitarse a una aplicación automática de porcentajes, lo que implicaría un mero trabajo mecánico sin un verdadero análisis. Citaron jurisprudencia de la Corte Suprema que indica que el valor del juicio no es la única base para regular los honorarios, debiendo ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional. Teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, el resultado y el monto involucrado, así como el mérito, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados durante el proceso de ejecución en el que no se opusieron excepciones, el tribunal confirmó los honorarios regulados al letrado apoderado de la actora.

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