VELIS, JORGE EDGARDO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El demandado apeló la orden de informar a la superioridad sobre el incumplimiento en la liquidación de condena. La Cámara desestimó el recurso por extemporáneo.
Incumplimiento en la liquidación de condena ordenada a favor del actor
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por el demandado. Fundamentó que la crítica del demandado debió ser planteada oportunamente al notificarse la resolución firme que ordenaba la liquidación, por lo que el recurso resulta extemporáneo e improcedente.
- Argumentos relevantes: "Cabe advertir que la crítica ahora esgrimida por la accionada en la apelación sub examine debió haber sido planteada en el momento en quedó notificada mediante ministerio legis de la providencia mencionada; sin embargo, surge de la compulsa de las actuaciones que transcurrieron cinco días —obtuvo firmeza el 6 de abril de 2021— sin que ella cuestionara el contenido de la decisión adoptada, del que pretende agraviarse vencido todo plazo legal." "Concluida una etapa procesal (firme y consentida), ésta no puede ser revisada o volverse sobre ella en virtud del principio de preclusión, bajo riesgo de afectar la seguridad jurídica buscada por tal principio o bien de perturbar la defensa en juicio de la parte contraria."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: