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FARIÑA RAMON HECTOR Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-EJERCITO-DTO 2769/93 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Actores que reclamaron diferencias salariales contra el Estado - Ministerio de Defensa. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la liquidación de intereses y ordenó una nueva liquidación de acuerdo a los lineamientos establecidos.

Diferencias salariales Personal militar y civil de las ffaa Ejecucion de sentencia Capitalizacion de intereses Tasa pasiva bcra

Diferencias salariales por suplementos creados por decretos
- Decisión: La Cámara modificó la liquidación de intereses ordenando que: 1) Los intereses por el período hasta el 31/12/18 se calculen sobre el capital adeudado; 2) Los intereses desde el 01/01/19 hasta el 28/02/20 se calculen sobre el monto total adeudado (capital más intereses anteriores); 3) El saldo insoluto devengue intereses hasta el pago efectivo. Todo ello aplicando la tasa pasiva BCRA. Fundamentos relevantes:
- Los jueces tienen facultades para fijar o modificar de oficio las liquidaciones practicadas, con el fin de resguardar la cosa juzgada.
- Corresponde calcular intereses compensatorios hasta el momento en que venció el plazo de pago por el diferimiento previsto normativamente, y luego intereses moratorios hasta el pago efectivo.
- Procede la capitalización de intereses de acuerdo a la excepción prevista en el art. 770 CCCN, por tratarse de una obligación liquidada judicialmente donde el deudor es moroso.

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