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CORDERO, MANUELA c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3

La actora, hermana de un desaparecido, reclamó el beneficio de la ley 24.043 por considerar que debió exiliarse. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión administrativa que denegó el beneficio al considerar que no acreditó los requisitos legales.

Carga de la prueba Ley 24 043 Exilio Persecucion politica Desaparicion forzada Procedencia del beneficio

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Manuela Cordero promovió un recurso directo contra la resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que le denegó el beneficio previsto en la ley 24.043. Cordero alegó que su hermano había desaparecido en 1976 y que, producto de la persecución y temor por su vida, debió exiliarse a Venezuela hasta 1983. La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso y confirmó la decisión administrativa. Señaló que si bien la Corte Suprema consideró que el exilio también puede ser considerado una "detención" a los fines de la ley 24.043, en este caso Cordero no acreditó fehacientemente la persecución y hostigamiento sufridos que la obligaron a exiliarse. La constancia de ingreso y permanencia en Venezuela no se ajusta a los parámetros establecidos por la Corte Suprema para acreditar el carácter de refugiado político. Además, los datos de ese documento no coinciden con la propia declaración de la actora sobre las fechas. Por último, no surge registro de investigación o persecución en su contra ni la urgencia del exilio.

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