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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES c/ UIF s/CODIGO PENAL - LEY 25246 - DTO 290/07 ART 25

La Cámara Nacional Contencioso Administrativa Federal regula los honorarios por la actuación en el recurso extraordinario interpuesto.

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¿Quién es el actor?

Banco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Unidad de Información Financiera (UIF)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario presentado por la parte actora

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional Contencioso Administrativa Federal regula los honorarios de los abogados que actuaron en el recurso extraordinario, fijando montos para las gestiones realizadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara tuvo en cuenta la naturaleza, resultado y monto del litigio, así como la calidad, eficacia y extensión de los trabajos relacionados con la contestación del recurso extraordinario. En base a ello, fijó los honorarios de los abogados en $7.000 y $3.000 respectivamente. Además, estableció que el IVA integra las costas y deberá adicionarse a los honorarios si los profesionales acreditaran ser responsables inscriptos en dicho tributo.

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