PASTORI, NICOLAS FEDERICO c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA-SIMI 741G Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
Rechazo de medida cautelar para suspender efectos de reglamentaciones y autorizar importación. La Cámara confirmó la denegatoria al considerar que no se acreditaron los recaudos necesarios.
¿Quién es el actor?
Nicolás Federico Pastori
¿A quién se demanda?
Ministerio de Desarrollo Productivo, Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Externa (SIMI 741G)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Medida cautelar para suspender efectos de reglamentaciones y autorizar importación de juegos de mesa
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala IV rechazó el recurso de apelación y confirmó el rechazo de la medida cautelar. Consideró que no se acreditó perjuicio irreparable ni verosimilitud del derecho, pues la demora en la importación no comprometía la actividad comercial del actor y no se demostró cumplimiento de todos los recaudos reglamentarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las medidas cautelares revisten naturaleza asegurativa y tienen carácter instrumental y accesorio, pues no constituyen un fin en sí mismas, sino que tienden a posibilitar el cumplimiento de una eventual sentencia definitiva estimatoria; extremo ausente en el sub lite toda vez que el interesado omitió demostrar los motivos por los que la denegatoria de la medida precautoria le impedirían obtener un pronunciamiento de fondo útil en el proceso principal." "Por su parte, caber recordar que las medidas cautelares revisten naturaleza asegurativa y tienen carácter instrumental y accesorio, pues no constituyen un fin en sí mismas, sino que tienden a posibilitar el cumplimiento de una eventual sentencia definitiva estimatoria; extremo ausente en el sub lite toda vez que el interesado omitió demostrar los motivos por los que la denegatoria de la medida precautoria le impedirían obtener un pronunciamiento de fondo útil en el proceso principal."
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