PALMISCIANO, NOELIA MARIANA c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora reclamó la inclusión de diversos suplementos en su remuneración. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.
Inclusión de diversos suplementos (decretos 2744/93, 1322/06 y 380/17) en la remuneración de la actora, con carácter remunerativo y bonificable.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- En relación a los decretos 2744/93 y modificatorios, la Sala ya había reconocido en precedentes el derecho del personal policial a incorporar esos suplementos como remunerativos y bonificables.
- Respecto al decreto 1322/06, la Sala y la CSJN han considerado que las sumas allí previstas no son un suplemento particular sino una asignación de carácter general y permanente para el personal policial.
- Sobre el decreto 380/17 (suplementos "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo"), la Sala remitió a sus propios precedentes que reconocieron el carácter remunerativo y bonificable de esos conceptos.
- Se confirmó la aplicación del plazo quinquenal o bienal, según corresponda, para el cómputo de las retroactividades, y la procedencia de intereses a la tasa pasiva promedio.
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