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SUAREZ FRANCISCO JOSE Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-EJERCITO-DTO 1104/05 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El personal militar del Ejército Argentino reclamó el carácter remunerativo y bonificable de ciertos adicionales transitorios. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció los lineamientos para el cálculo de los intereses sobre el crédito adeudado.

Intereses Ejecucion de sentencia Mora Remuneracion Capitalizacion Adicionales transitorios


- Actores: Personal militar del Ejército Argentino en actividad

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Defensa

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de ciertos adicionales transitorios

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció los parámetros para calcular los intereses adeudados. Ordenó que la liquidación se practique de acuerdo a los lineamientos fijados en el fallo. Los principales fundamentos de la decisión son:
- La liquidación en ejecución de sentencia debe respetar las bases fijadas por el tribunal.
- Corresponde calcular intereses sobre el capital adeudado hasta el 31/12/2015, fecha en que venció el plazo para el pago.
- A partir del 01/01/2016 y hasta la ejecución del fallo, los intereses se calcularán sobre el total adeudado, deduciendo los montos percibidos.
- Para el cálculo de intereses debe utilizarse la tasa pasiva promedio del BCRA.
- La capitalización de intereses procede conforme lo establece el art. 770 inc. c) del Código Civil y Comercial, dado que se verificó la mora del deudor.

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